¡Atención! ARBA vs. Fintech: ¿Impuesto oculto en tu billetera virtual?

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La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) se encuentra en medio de una controversia con las empresas fintech, especialmente las que operan con billeteras virtuales. El director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, salió al cruce de lo que considera una campaña de desinformación orquestada por estas compañías, luego de que se viralizaran noticias sobre un supuesto "nuevo impuesto" a las billeteras virtuales.

¿De qué se trata la medida?

Girard fue enfático al aclarar que no se trata de un nuevo impuesto, sino de la aplicación de retenciones de Ingresos Brutos a aquellos usuarios que ya están inscriptos como contribuyentes de este tributo. En otras palabras, si sos un comercio o profesional que vende bienes o servicios y ya pagás Ingresos Brutos, a partir del 1 de noviembre las billeteras virtuales actuarán como agentes de recaudación, al igual que los bancos.

Esto significa que cuando recibas un pago a través de una billetera virtual por una venta, ARBA te aplicará una retención en concepto de adelanto de Ingresos Brutos. El porcentaje de retención varía entre el 0,1% y el 5%, dependiendo de la actividad del contribuyente, según el Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA).

¿Por qué la polémica?

Según Girard, la controversia surge porque empresas como Mercado Pago y Mercado Libre, lideradas por Marcos Galperín, estarían haciendo "lobby" para evitar competir en igualdad de condiciones con los bancos, particularmente con Cuenta DNI. El funcionario acusa a estas empresas de intentar engañar a la gente, argumentando que ARBA y el gobierno de Axel Kicillof les están "metiendo la mano en el bolsillo", lo cual niega rotundamente.

¿A quiénes afecta realmente?

Es importante destacar que esta medida no afecta a todas las operaciones realizadas con billeteras virtuales. Transferir dinero entre cuentas propias, enviar fondos a familiares o pagar deudas personales no generará ningún tipo de retención. Tampoco se aplicará en operaciones habituales que no estén relacionadas con una actividad económica.

Por ejemplo, cargar saldo en tu billetera virtual desde tu cuenta bancaria personal o recibir una ayuda familiar no estarán sujetos a retenciones. La medida solo alcanza a aquellos que ya están inscriptos en Ingresos Brutos y realizan operaciones comerciales.

ARBA busca equidad

Desde ARBA aseguran que el objetivo de esta medida es ordenar el sistema y garantizar la equidad, ya que hasta ahora, los contribuyentes que operaban con bancos tenían retenciones, mientras que los que usaban billeteras virtuales no. Con esta nueva regulación, todos recibirán el mismo tratamiento, tal como ya ocurre en otras 19 provincias del país.

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